Requisitos necesarios para casarse en California en Estados Unidos

Si has decidido casarte para compartir tu vida al lado de las personas que amas, es un acto muy hermoso, lo cual necesita de ciertos aspectos a cumplir para que el matrimonio logre ser completamente exitoso y sin ningún tipo de problema o tramite que quede incompleto.

Además resulta ser muy importante señalar que casarse en Estados Unidos es un proceso, para el cal es necesario cumplir con variedad de requisitos y documentos, pero no en todos los estados el proceso es igual, por lo que en esta oportunidad hablaremos del tema del matrimonio pero en California, pues conocerás con nosotros todo el proceso correcto para llevar a cabo el matrimonio, los requisitos y mucho más, así que solo continua con nosotros para descubrir todo lo que necesitas saber.

Requisitos necesarios para casarse en California

Para poder casarse en California en los Estados Unidos es necesario contar y cumplir con variedad de requisitos, los cuales podemos describir del siguiente modo:

  • Los cónyuges deberán de tener 18 años cumplidos, y presentar su documento de identidad valido y vigente.
  • Es necesario conocer el nombre y apellido completo de os padres de ambos contrayentes de matrimonio, sin ningún tipo de alteración del mismo.
  • Documentos que certifiquen el divorcio en el caso de haber existido un matrimonio anterior.
  • No será necesario realizar una prueba de sangre para conocer el tipo sanguíneo.
  • No será necesario se residente de California para poder casarse en este estado de Estados Unidos.
  • No hace falta un tiempo de espera para poder realizar el matrimonio, o contra con alguna licencia para tal ceremonia.
  • En el caso de ser menor de edad, o ser emancipados no podrán casarse sin que exista un consentimiento y autorización escrita por cada uno de los padres de los novios y que se encuentre autorizada por un tribunal.

Solicitud para la licencia y el certificado de matrimonio

Si tus planes son casarte en el estado de California en Estados Unidos es necesario tramitar una licencia de matrimonio, lo cual puedes realizar en cuáquera de las 58 oficinas que se encuentran distribuidas a lo largo de todo el estado, con el único fin de que el matrimonio pueda considerarse como legal en el país.

 Luego de ya recibir la licencia de matrimonio, no será necesario espera un tiempo prudencial para ejecutar el matrimonio en California, por lo que el matrimonio podrá ejecutarse de manera inmediata mientras la licencia tenga validez en el país.

Por otra parte es necesario que los novios tengan la mayoría de edad ya cumplidos, puesto que a pesar de que estado ofrece las licencias de matrimonio en entes públicos y privados ningún menor de edad podrá realizar la solicitud de la licencia para casarse, pues para ello será necesario presentar el consentimiento y la autorización de los padres. En donde solo serán los padres o en su defecto un tribunal quien permita el matrimonio con menores de edad.

También resulta ser importante mencionar que al momento de realizar la ceremonia de matrimonio en California se puede realizar en cualquiera de sus condados, pero no en otro estado de Estados Unidos. Además para poder la licencia de matrimonio es necesario que se presente al menos un testigo, para que esta, ciencia pueda ser publica, pero si lo deseas también podrás presentar a dos testigos y no habrá ningún tipo de problema.

Mientras que las parejas que estén realizando la solicitud de una licencia de matrimonio privada deberán de presentar una declaración jurada, en la cual se debe especificar que como pareja viven juntos al momento de la realización de la solicitud de dicho documento, en donde los matrimonios de tipo confidenciales no se encuentran documentados en el registro público.

Para finalizar resulta ser importante destacar que aquellas personas que no sean conyugues, pero que deseen obtener una copia de la licencia de matrimonio deberán realizar la solicitud de la misma por medio de un tribunal.

Matrimonio Proxy

Al matrimonio proxy en California también se le conoce como matrimonio por poderes de una boda, en donde uno o los dos individuos están implicados en tal proceso, es decir que los novios podrán no encontrase de manera fisca pero pueden ser representados por otras personas para del mismo modo poder realizar el matrimonio en California.

En el caso de que ninguna de las dos partes se encuentre presentes para la realización del matrimonio, entonces es necesario producir un doble matrimonio por poderes, este tipo de matrimonio se utiliza en los casos donde la pareja desea contraer matrimonio en California, pero por alguna razón mayor no pueden asistir al evento.

Siendo los casos más comunes que alguno de los miembros o los dos estén en prisión, formen parte del ejército de Estados Unidos, presente algún tipo de problema de viaje, existen problemas de salud, o cualquier otro factor que impida que uno de los novios o ambos no pueda asistir al momento de la boda.

Ley de igualdad del nombre del 2007

La ley de igualdad de nombres, fue publicada para el año 2007, la cual contempla algunos parámetros, siendo estos los siguientes:

  • Se le permite a uno o a ambos solicitantes una licencia para casarse en California, y con ella se puede realizar el cambio del segundo nombre o del apellido, por el del conyugue con el cual desea ser reconocido luego de efectuarse la boda.
  • Cualquiera de las partes que realice la solicitud de la licencia de matrimonio, podrá elegir realizar la incluso de esta licencia para su nuevo nombre.
  • El cambio de nombre, se puede realizar desde el mismo momento en que se emita la licencia de matrimonio en California, por medio de un secretario o de un notario.

Resulta ser importante mencionar que cualquiera de las partes que se encuentre implicada en el matrimonio, podrá optar por alguno de los apellidos de la siguiente manera:

  • El apellido actual que tiene el conyugue.
  • El apellido que se le dio al cónyuge al nacer.
  • Un solo nombre el cual se haya combinado con el apellido del cónyuge, o con cualquier segmento del apellido que posea actualmente, o en su defecto el que fue dado al nacer.
  • O la combinación realizada por los dos apellidos, que se debe realizar con un guion en medio de ambos.

Leyes

En el caso de las leyes, resulta ser importante mencionar que cualquiera de las partes del matrimonio podrá tomar la decisión de adoptar cualquiera de los siguientes nombres en un segundo lugar:

  • El apellido que cualquiera de los conyugues tiene actualmente.
  • El apellido que fue otorgado al conyugue al momento de nacer.
  • Una combinación que se dé por medio de un guion con el segundo nombre actual y con el apellido del conyugue.
  • Una combinación actual, la cual debe presentarse con un guion, con el segundo nombre actual y con el apellido de nacimiento que cuente en conyugue.

De esta manera resulta ser muy importante resaltar que el primero nombre no se podrá cambiar, ya que este será el que aparezca en la licencia de matrimonio, sin embargo en el caso de desear cambiar el primer  nombre es necesario presentar una orden judicial que certifique que el cambio del primer nombre se realiza por medio de la corte superior según el titulo 8 y por la parte 3 del procesamiento penal.

Sin embargo, los contribuyentes no están obligados a realizar el cambio de nombre, en caso de que existe dudas sobre el proceso, por lo que la decisión con respecto al cambio de nombre o de incluir un nuevo nombre en la licencia de matrimonio necesita de la asesoría legal, antes de que se realce el pago de la misma, debido a que luego de que esta la licencia de matrimonio lista, los conyugues no podrán agregar, modificar o eliminar cualquier tipo de información que se encuentre en ella.

¿Qué apellido debo utilizar para casarme?

Siempre surge la duda de cuál es el apellido que se debe utilizar al momento de casarse, por lo que resulta importante mencionar que se utiliza tanto el nombre como el apellido que fue otorgado al momento del nacimiento, o durante e matrimonio, lo cual puede estar sujeto a varias culturas. Sin embargo los cambios de nombre se pueden realizar al mismo momento de casarse en California.

Por lo que generalmente en nombre de casado, se constituye al añadir o al sustituir el apellido de la persona con la que se contrae matrimonio en el estado, conservando de este modo el nombre de soltero, pero que muchas veces se pierde el apellido de la familia de origen, ya que este es sustituido por el apellido del conyugue luego de la boda.

Mientras que en algunos estados o incluso en algunos países, será la mujer quien podrá elegir si conserva o no su apellido de origen, aun luego del matrimonio, sin importante, si estos se conversar sola o junto con el apellido del esposo. De este mismo modo existen personas que prefieren utilizar un nombre artístico para efectos del matrimonio, y para efectos de trabajo el nombre y apellido que le fue otorgado al momento del nacimiento.

¿El oficiante de la boda puede ser mi amigo?

En el caso de los oficiantes oficiales, se puede decir que ellos se pueden escoger durante la boda, ya sea por el civil o por la iglesia, donde los oficiantes deberán estar certificados y perecer a la constitución correspondiente, lo que esto quiere decir es que si se desea realizar una boda por la iglesia, deberá existir algún representante de la iglesia que corresponda.

Mientras que por la boda por el civil, será necesario un juez, el cual este acreditado por medio del registro civil, para que así el matrimonio pueda tener el reconocimiento correcto frente a las instancias oficiales correspondientes, además se deben realizar las lecturas de protocolo correspondiente y de los documentos formales.

Según los reglamentos especifican que se pueden cambiar de una institución a otra, por lo que se recomienda que los novios se informen de manera completa en el registro civil, donde se realice la boda, así como en la iglesia donde se procede con el matrimonio religioso, para conocer así los requisitos que permitan oficiar la boda.

Por otra parte, en el caso de que se necesite preparar contenido, para discutirse con el oficiante, las bodas solo podrán realizarse, con la lectura del discurso, que deberá estar preparado por el mismo oficiante, sin embargo se podrán incluir algunos fragmentos que se colocan en las invitaciones al matrimonio.

Para finalizar, resulta ser importante que en el caso de los matrimonio de carácter alternativo, el oficiante deberá de encargarse de informar a los novios todo sobre el orden de los mensajes, de los rituales y de los símbolos, en cargando del proceso de la celebración de la boda, para que este sea correcto y sin ningún tipo de problemas, incluso en los casos donde la boda será simbólica.